Comprobación gratuita · precio cerrado · garantía de encaje

Tu solicitud de la Ley Beckham, lista para presentar.

El régimen de impatriados grava las rentas del trabajo a un tipo fijo del 24% durante un máximo de seis ejercicios, en lugar de una escala que llega al 47–50%. Extraemos los datos de tus documentos, calculamos tu plazo del Modelo 149 según la normativa y te guiamos pantalla a pantalla en la sede de la AEAT. Tú confirmas cada dato y presentas.

Calcula tu ahorro → Presentación guiada, $189 →

✓ Plazo y casillas obligatorias calculados según la normativa ✓ Documentos cifrados, borrado automático ✓ Garantía de encaje de 30 días ✓ Creado por quienes tienen el régimen

Cómo funciona

1

Comprueba tu caso, gratis

Unas diez preguntas, cinco minutos, sin registro. Sabrás si el régimen te aplica, por qué vía y tu fecha límite exacta del Modelo 149.

2

Sube tus documentos

Extraemos con IA los datos que pide el Modelo 149 y montamos tu expediente. Cada dato queda pendiente hasta que lo confirmas.

3

Presenta con la guía

Cada pantalla de la sede de la AEAT, con tus valores listos para copiar y la verificación de casillas obligatorias antes de firmar. Después, un recordatorio de cada Modelo 151 anual.

¿Caso complejo (empresa propia, acciones, ingresos como autónomo, plazo ajustado)? Un abogado o asesor fiscal colegiado lo presenta por ti, con presupuesto cerrado antes de pagar.

Preguntas frecuentes

¿Cómo de estricto es el plazo de 6 meses? +

Absoluto. El Modelo 149 debe presentarse dentro de los 6 meses desde tu alta en la Seguridad Social española. No hay prórrogas ni excepciones, perderlo significa perder el régimen para siempre.

¿El Visado de Nómada Digital y la Ley Beckham son lo mismo? +

No. El visado (UGE) es un trámite de extranjería; el régimen Beckham (AEAT, Modelo 149) es una opción fiscal independiente con su propio plazo. Puedes tener el visado y aun así perder el régimen fiscal por presentar tarde.

¿Pueden acogerse mi cónyuge y mis hijos? +

Sí, el régimen se extiende a tu cónyuge e hijos menores de 25 años bajo ciertas condiciones. Cada familiar presenta su propia solicitud: la presentación guiada cubre la tuya, y un profesional colegiado puede llevar las de la familia con presupuesto cerrado.

Soy freelance. ¿Califico? +

El freelance puro facturando a clientes no califica por defecto. Existen vías de estructuración (profesional cualificado / emprendedor). Un profesional colegiado evaluará la viabilidad en una consulta de pago antes de que gastes nada más.

¿Qué pasa con Patrimonio y el Modelo 720? +

Bajo el régimen tributas como no residente: las rentas de capital extranjeras quedan fuera del IRPF español, no hay Modelo 720 y el Impuesto sobre el Patrimonio solo aplica a bienes en España.

Soy Javier López. Yolanda y yo nos mudamos desde Estados Unidos y los dos tenemos el régimen. Lo que lees en esta web sale de nuestros propios papeles y de la norma, no de un guion de ventas. Nuestra historia →

El plazo de seis meses va en serio. Comprueba tu caso hoy.

Unas diez preguntas, gratis. Si tu caso encaja, tu expediente se abre en cuanto compras; si no, el resultado te lo dice y te orienta hacia lo que sí.

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