Ley Beckham y familia: cónyuge e hijos, y los mínimos familiares que pierdes

Javier López Fundador · acogido al régimen Beckham · no es abogado

5 min de lectura
familiacónyugehijos

Cuando una familia se muda a España, la pregunta sobre la Ley Beckham tiene dos mitades. La primera es quién de la familia puede acogerse al régimen. La segunda, que suele saltarse, es a qué renuncia la familia: el IRPF general está construido con mínimos y deducciones por hijos, cónyuge y personas a cargo, y el régimen Beckham no tiene ninguno. Este artículo cubre las dos mitades.

Este artículo es información general, no asesoramiento fiscal.

Quién puede acogerse

Desde la Ley de Startups (Ley 28/2022), el artículo 93 de la Ley del IRPF extiende el régimen a la familia de quien cumple los requisitos:

  • Tu cónyuge.
  • Tus hijos menores de 25 años, o de cualquier edad si tienen discapacidad.
  • El otro progenitor de tus hijos, si no estáis casados.

Cada familiar tiene que cumplir sus propios requisitos. Los principales son (art. 93.3, que remite a las condiciones a) y c) del art. 93.1 para el primero y el último):

  • No haber sido residente fiscal en España en los 5 ejercicios anteriores, comprobado para cada persona.
  • Trasladarse a España contigo, o dentro del margen temporal que permite la ley; confirma el plazo exacto con el profesional.
  • Una base liquidable conjunta inferior a la tuya. Las bases de los familiares, sumadas, tienen que quedar por debajo de la tuya.
  • No obtener rentas mediante un establecimiento permanente en España.

Y cada uno presenta su propio Modelo 149. La opción no es automática por el hecho de que a ti te concedan el régimen.

Qué gana un familiar

Un cónyuge o un hijo en el régimen tributa en España, a grandes rasgos, igual que tú: las rentas del trabajo al tipo del régimen y la mayoría de las demás solo cuando son de fuente española. Para un familiar sin salario, los efectos prácticos están en el resto de su situación: en general, las rentas de inversiones en el extranjero quedan fuera del impuesto español, no le aplica la declaración de bienes en el extranjero (Modelo 720) y el Impuesto sobre el Patrimonio solo alcanza sus bienes en España. El profesional lo confirma para tu caso.

Si tu cónyuge trabaja en España, la condición de la base conjunta importa: su renta no puede superar la tuya. Si le compensa optar depende de los dos ingresos, así que conviene calcularlo para cada persona.

Qué pierde la familia

Esta es la mitad que cambia la decisión. El régimen general del IRPF ajusta el impuesto a la familia con varios mecanismos. Con la Ley Beckham no se aplica ninguno:

  • El mínimo personal del contribuyente.
  • Los mínimos por descendientes, mayores para los hijos pequeños y por cada hijo adicional, y los mínimos por ascendientes y por discapacidad.
  • La tributación conjunta, con su reducción para familias.
  • Las deducciones familiares: las estatales por maternidad y por familia numerosa, y las deducciones autonómicas por familia que añaden algunas comunidades (nacimiento, guardería, gastos escolares).

Nuestra calculadora de ahorro compara los dos regímenes para un contribuyente individual con solo rentas del trabajo. Incluye el mínimo personal, pero no los mínimos familiares ni las deducciones. Con hijos o un cónyuge a cargo, el régimen general sale más barato de lo que muestra la calculadora, así que el ahorro real es menor que la cifra que ves.

Un caso ilustrativo

Las cifras son redondas e inventadas, solo para ilustrar.

Ana se traslada a Madrid con contrato español y un salario de 80.000 €. Su marido no trabaja y tienen dos hijos de 2 y 5 años.

  • La cifra de la calculadora: unos 22.150 € en el régimen general frente a 19.200 € con Beckham, para un contribuyente individual. Unos 2.950 € al año menos.
  • Lo que la cifra deja fuera: los mínimos por dos hijos (uno menor de 3 años), la tributación conjunta con un cónyuge sin ingresos y las deducciones familiares estatales y de Madrid. Todas bajan la cifra del régimen general, y la de Beckham se queda donde está.
  • El resultado: un margen de unos 2.950 € puede reducirse mucho o desaparecer. Con los datos reales de la familia, el régimen general puede salir más barato. Pide al profesional que calcule los dos.

Cambia los datos y cambia el resultado. Los mismos 80.000 € en la Comunitat Valenciana, con una escala más empinada, dan unos 4.700 € al año en la calculadora, un margen más amplio para absorber los mínimos familiares. Con 70.000 € en Madrid la calculadora muestra solo unos 1.070 €, antes de cualquiera de ellos.

Resumen

PreguntaRégimen general (IRPF)Ley Beckham
Mínimo personalNo
Mínimos por descendientes y personas a cargoNo
Tributación conjuntaNo
Deducciones familiares (estatales y autonómicas)Sí, con requisitosPrácticamente ninguna
¿Puede optar la familia?No aplicaCónyuge, hijos menores de 25 o con discapacidad, otro progenitor; cada uno con su Modelo 149
Rentas de inversiones de la familia en el extranjeroTributan en EspañaEn general fuera del impuesto español si optan

Tres trampas para familias

  1. Presentar solo lo tuyo. Las opciones de la familia son independientes, cada una con su plazo. Apunta cada fecha; la calculadora del plazo del Modelo 149 te ayuda con la tuya.
  2. Decidir con una comparación de una sola persona. Para una familia, la cifra de la calculadora es lo máximo que puede ahorrar tu salario, no lo que ahorrará.
  3. Que la familia llegue antes. Si tu cónyuge y tus hijos menores viven en España antes que tú, Hacienda puede presumir que tú también eres residente, lo que puede adelantar tu primer ejercicio.

Recuerda además que la opción no es una prueba: renunciar al régimen es posible, pero no tiene vuelta atrás, así que la comparación familiar va antes del Modelo 149.

Por dónde empezar

El diagnóstico gratuito pregunta si tu cónyuge o tus hijos se mudan contigo y quieren el régimen, y añade los documentos familiares a tu lista. La guía del régimen cubre los requisitos. Si tienes hijos y un salario moderado, la comparación con el régimen general merece hacerse con cuidado: puedes pedir una revisión y buscaremos un abogado o asesor fiscal colegiado que calcule los dos regímenes con las cifras de tu familia, con presupuesto cerrado antes de que te comprometas a nada.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Mi cónyuge y mis hijos pueden acogerse a la Ley Beckham?

Sí. Desde la Ley de Startups, pueden optar tu cónyuge y tus hijos menores de 25 años (o de cualquier edad con discapacidad), y también el otro progenitor de tus hijos si no estáis casados. Cada uno tiene que cumplir sus propios requisitos, entre ellos no haber sido residente fiscal en España en los 5 años anteriores, y cada uno presenta su propio Modelo 149.

¿Pierdo los mínimos familiares con la Ley Beckham?

Sí. En el régimen no hay mínimo personal, ni mínimos por descendientes u otros familiares, ni tributación conjunta, y prácticamente ninguna de las deducciones familiares del régimen general. Con varios hijos y un salario moderado, el régimen general puede acabar saliendo más barato.

¿Mi familia queda acogida automáticamente cuando me conceden el régimen?

No. Es una opción aparte para cada familiar, con su propio Modelo 149 y su propio plazo. Qué fecha abre el plazo de cada familiar, sobre todo si no trabaja, es algo que conviene confirmar con el profesional.

¿Puedo usar la presentación guiada si mi familia se muda conmigo?

Que tus familiares opten no excluye por sí solo la presentación guiada. Cubre tu propio Modelo 149; cada familiar presenta el suyo, y su situación se mira en la revisión inicial.

¿Tu caso tiene alguna particularidad?

Casi todos la tienen. Obtén un veredicto gratuito en cinco minutos o pide que te asignemos un profesional colegiado.

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