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Visado de nómada digital + Ley Beckham: la guía para teletrabajadores

2 min de lectura
nómada digitalteletrabajoLey de Startups

Hasta 2023, un teletrabajador con nómina extranjera no tenía forma clara de acceder al régimen de impatriados. La Ley de Startups (Ley 28/2022) cambió el mapa: hoy los empleados remotos de empresas extranjeras son uno de los perfiles que más se acogen a la Ley Beckham. Así funciona la combinación.

La vía del teletrabajo internacional

El artículo 93 LIRPF admite como causa del traslado la prestación de trabajo a distancia mediante el uso exclusivo de medios informáticos y telemáticos para un empleador sin presencia en España. Y añade un atajo probatorio clave: la condición se presume cumplida si tienes el visado o permiso de teletrabajo internacional (nómada digital) de la Ley 14/2013.

Es decir: el permiso migratorio no solo te deja vivir en España — te sirve de prueba automática ante Hacienda de que cumples la vía de acceso.

Los requisitos del visado, en corto

  • Relación laboral con tu empresa de al menos 3 meses de antigüedad, y empresa con más de 1 año de actividad real.
  • Trabajo desarrollable íntegramente en remoto.
  • Titulación universitaria o experiencia profesional de 3+ años.
  • Ingresos suficientes (referenciados al SMI; en torno al 200% para el titular).
  • Autorización de la empresa para teletrabajar desde España.

El orden correcto de los pasos

  1. Antes de mudarte: verifica los 5 años de no residencia fiscal previa y pide certificados de residencia de tu país actual.
  2. Visado/permiso: solicítalo en consulado (visado) o ya en España (permiso, si entraste legalmente).
  3. Seguridad Social: con empleador de la UE o país con convenio, tramita el certificado de cobertura (A1 o equivalente). Este documento es crítico: su fecha marca el inicio del plazo de 6 meses para el Modelo 149.
  4. Modelo 149: preséntalo cuanto antes, sin apurar el plazo.

Errores típicos del teletrabajador

  • Llegar «de turista» y quedarse. Acumular días en España sin resolver el estatus puede convertirte en residente fiscal antes de tener el régimen articulado, con consecuencias caras.
  • Ignorar la Seguridad Social. El visado y Hacienda son dos frentes; la cobertura social es el tercero, y es el que arranca el cronómetro. Empleadores de países sin convenio (por ejemplo, algunos casos con EE. UU. según situación) requieren soluciones específicas.
  • Mezclar clientes propios con la nómina. Facturar por tu cuenta «un poco aparte» puede comprometer la vía de acceso — el requisito es trabajo por cuenta ajena.
  • El equity de tu empleador. RSU y stock options concedidas antes o durante el traslado tienen su propia complejidad bajo el régimen — lo explicamos aquí.

¿Cuánto ahorras?

Un teletrabajador con nómina de 120.000 € tributa aproximadamente un 24% fijo bajo el régimen frente a un tipo efectivo general que ronda el 35% — unos 13.000 € al año, unos 78.000 € en los 6 ejercicios del régimen. Puedes afinar tu número con nuestra calculadora.

Preguntas frecuentes

¿Necesito el visado de nómada digital para la Ley Beckham si soy ciudadano de la UE?

Los ciudadanos de la UE no necesitan visado para residir en España. Pueden acceder al régimen por la vía del teletrabajo internacional acreditando la relación laboral con el empleador extranjero y el uso exclusivo de medios telemáticos, aunque sin el permiso la presunción automática no aplica y la prueba recae en el contribuyente.

¿Qué pasa con mi Seguridad Social si teletrabajo desde España para una empresa extranjera?

Depende del país del empleador. Con países de la UE o con convenio, un certificado de cobertura (A1 o equivalente) permite mantener la Seguridad Social de origen. Sin convenio, el empleador puede tener que darse de alta en España o articularse otra solución. La fecha de este trámite marca el inicio del plazo de 6 meses.

¿Puedo ser nómada digital con clientes en lugar de empleador?

El visado de nómada digital admite autónomos con clientes extranjeros, pero la vía de teletrabajo de la Ley Beckham exige relación laboral (cuenta ajena). Un freelance con visado de nómada digital no entra por esta vía; tendría que analizar las vías de emprendedor o profesional cualificado.

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